CONTRATO SISTEMA INFOTOUCH
CODIGO INFOTOUCH ASIGNADO
En la ciudad de………………………………….a… de… de 200….
REUNIDOS
De una parte Don Antonio Martínez León , mayor de edad, como representante legal y administrador de la mercantil PUBLIMEDIA PIXELAND S.L. con CIF. B929292929 y con domicilio social en Calle Córdoba, número 6, oficinas 107, 29001 en Málaga,
De otra parte ................................................. mayor de edad, con DNI número ..................... con domicilio en ............................................... en adelante el ASOCIADO.
EXPONEN
PARTE DESCRIPTIVA
PRIMERO.- Que la sociedad PUBLIMEDIA PIXELAND S.L y el ASOCIADO, instalaran el material descrito en el ANEXO I, en la Agencia de Viajes situada en la calle ........................................................ de ...................................................... donde el asociado posee una agencia asociada al GRUPO AIRMET.
Para la adquisición del citado material el ASOCIADO podrá solicitar opcionalmente una financiación, facilitada por PUBLIMEDIA PIXELAND S.L.
El sistema Infotouch consta de un HARDWARE (equipos físicos) y de un SOFTWARE (Programas Informáticos).
El HARDWARE esta especificado en el Anexo I del presente contrato.
El SOFTWARE consta de: un sistema navegador y localizador de ofertas a través de un mapa mundi denominado UTOUCH. un programa ARAÑA para la actualización inmediata y mantenimiento de las ofertas y publicidad. Un programa denominado INFOTOUCH MANAGER para que el usuario o ASOCIADO pueda incluir su propia publicidad.
Este sistema permite al usuario localizar de una manera fácil las ofertas de los destinos deseados.
Cuando este Software no está siendo utilizado entra en funcionamiento el programa SLIDER o Escaparate Virtual, que se compone de un número de fotogramas variable (inicialmente 100), de los cuales un 20% son gestionados directamente por el/los ASOCIADO/S.
La distribución de los fotogramas se detalla en el Anexo Técnico II del presente contrato.
PUBLIMEDIA PIXELAND garantiza la actualización y mantenimiento d e las ofertas turísticas en base a los criterios de selección de la dirección del grupo AIRMET, basados en buscar la mejora de la rentabilidad y ventas de las agencias asociadas a dicho grupo.
SEGUNDO.- La instalación, conexión y mantenimiento del software descrito en el punto anterior y los contenidos digitales correrán por cuenta de PUBLIMEDIA PIXELAND S.L, que podrá delegar en otra empresa su gestión.
El mantenimiento, limpieza y vigilancia del material relacionado, en el ANEXO I será por cuenta de el ASOCIADO. Dicho material será titularidad del ASOCIADO ,por lo que responderá de posibles averías, o desperfectos de estos que no cubra la garantía oficial de cada marca.
En cuanto al mantenimiento del Software necesario éste se efectuara a cargo de PUBLIMEDIA PIXELAND S.L.
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- DE LA PUBLICIDAD
El/los ASOCIADO/S podrán gestionar, comercializar y obtener beneficios de los contenidos publicitarios del soporte digital de su agencia, dentro del apartado SLIDER en un número que será el 20% del total, (publicidad gestionada directamente por el ASOCIADO).
Estos fotogramas estarán distribuidos de la forma que se especifica en el Anexo Técnico II. que hace referencia a un número total de 100 fotogramas
El importe íntegro del beneficio por esta publicidad será para los ASOCIADO/S. En ningún caso PUBLIMEDIA PIXELAND SL. mediará en labores comerciales entre los posibles clientes y el ASOCIADO.
Dicha publicidad será gestionada y actualizada a través del software que PUBLIMEDIA PIXELAND facilitará al ASOCIADO.
SEGUNDA DE LOS CONTENIDOS DE PUBLICIDAD
La publicidad contratada por el asociado no podrá tener carácter ofensivo por ningún motivo (racial, religioso, discriminatorio etc.) contra personas o entidades físicas o jurídicas. A tal efecto PUBLIMEDIA PIXELAND SL. se reserva el derecho a eliminar y borrar los contenidos que no cumplan con las estipulaciones anteriores.
De la veracidad de la publicidad que se emita en el apartado del 20% del Slider (publicidad gestionada directamente por el del Asociado) será responsable únicamente el Asociado.
Dentro de cada Destino de la pantalla táctil se insertará publicidad exclusivamente gestionada por el GRUPO AIRMET Y PUBLIMEDIA PIXELAND S.L. que llegarán a acuerdos publicitarios con mayoristas, proveedores de servicios turísticos o de cualquier otro sector que pudiera tener interés para el desarrollo comercial y económico de las agencias asociadas al Grupo Airmet.
El importe recaudado por este tipo de publicidad se distribuirá de la siguiente forma:
El 20 % siguiente del beneficio neto se aplicara a la subvención y reparto entre las Agencias que tengan instalado el sistema al objeto de obtener una tasa de retorno de la inversión que le permita generar ingresos y beneficio una vez recuperado el costo del sistema INFOTOUCH.
TERCERA.- DE LA OPERATIVIDAD Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA INFOTOUCH
El ASOCIADO se compromete a mantener el sistema operativo en perfecto estado de uso y funcionamiento y a repararlo en el plazo máximo de 72 horas en caso de avería o a reponerlo en un plazo no superior a 5 dias, en caso de robo.
Si el sistema no esta operativo en este plazo, se penalizará económicamente al asociado en la parte proporcional de los contratos publicitarios vigentes en ese momento, y por el tiempo que haya estado desconectado el sistema. En todo caso, si el sistema esta inhabilitado más de 15 días por causas imputables al Asociado, este contrato quedará resuelto, teniendo que abonar el Asociado el costo de la posible reconexión al sistema.
CUARTA.- SOBRE LA INSTALACIÓN DE LOS EQUIPOS.
4.1 Una vez ingresado el importe de este contrato PUBLIMEDIA PIXELAND se compromete a instalar todo el material en el plazo máximo de un mes.
4.2 El ASOCIADO/S deberá tener una conexión libre a Internet, y al menos dos puntos de luz cercanos al lugar donde se pretenda instalar el INFOTOUCH.
QUINTA.- SOBRE IMPORTE DE CONTRATO.
En el Anexo I de este contrato se detalla el material contratado, cuyo importe total es de ....................................................
SEXTA.- DURACIÓN Y RESCISION DEL CONTRATO
Este contrato tiene una duración indefinida a partir de la firma del mismo, por ambas las partes o a partir de la fecha en que se produzca el ingreso en la cuenta abajo referenciada. En caso de que algunas de las partes quieran rescindir el contrato tendrá que ser notificado por escrito, de forma fehaciente, en el domicilio que figura en este contrato, con un preaviso de al menos 1 mes.
Serán causas de rescisión del contrato:
La no pertenencia al grupo Airmet.
Tener desconectado el sistema más de 15 días sin justificación.
El incumplimiento sistemático sobre contenidos de tipo racista, xenófobo u ofensivo que el asociado pudiese incluir en su parte de publicidad
Para cuantas cuestiones pudieran surgir sobre la interpretación, cumplimiento, ejecución o incumplimiento del presente contrato, las partes se someten al fuero de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Málaga, con renuncia expresa de cualquier otro que pudiera corresponderles.
Y en prueba de conformidad las partes firman el presente contrato por duplicado a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicado.
Cuenta de ingreso en la entidad LA CAIXA 2100 2862 17 0210124319 a nombre de PUBLIMEDIA PIXELAND S.L.
Indicar: Concepto: Nombre del asociado o agencia.y Codigo del Contrato
FIRMADO: FIRMADO Publimedia Pixeland S.L. EL ASOCIADO